Socios, Empresas solidarias y colaboradores

El importante apoyo de nuestros donantes nos ayuda a hacer posible nuestro trabajo:

Agradecemos las generosas donaciones tanto a la lista de organizaciones y empresas sociales nombradas aquí, como a todos los donantes privados individuales que nos han hecho donaciones en repetidas donaciones.
Muchas gracias a todos. ¡Sin vosotros no podríamos hacer nuestra labor!

Socios:

Ruby Cup

Empresas solidarias:

Plan Himalaya

Mila Torró

Mind Made

Himalayan Paradise 

Colaboradores:

Fujifilm

Chiara Giacomini 

Mondo, seguros de viajes

Tree’s Candle Co.

te.tela.la.cosa

Rotary Club Millennium

Con el soporte de:

Fundació Barberà solidària
Ajuntament d’Abrera
TSCAT
Ajuntament de Castellbisbal
Ajuntament de Santa Coloma de Gramenet
ACCD

Formamos parte de:

Coordinadora de ONGs solidàries
Asociación la vida en Rojo

Si tienes una empresa que está interesada en ser patrocinador, tu generosidad será correspondida con actualizaciones periódicas y una mención de la compañía (logotipo y enlace) en nuestra página web. Por favor contáctanos en https://beartsy.org/contact o hazte socio en https://beartsy.org/become-an-associate

 

¿Cuánto desgravan las donaciones a una ONG en la declaración de la renta?

A la hora de hacer la desgravación de tus donaciones a una ONG hay que diferenciar entre:

Deducción por donaciones IRPF (personas físicas)

Para las personas físicas, la desgravación de donaciones varía según el importe donado. Existe una donación en el IRPF del 80% de la base de la deducción para los primeros 250 euros y del 40% (45% en caso recurrente, si has donado de forma consecutiva más de dos años) para el montante restante, con un límite del 10% de la base imponible. Por ejemplo, si donas 300€ te desgravarás 220€: 200€ por los primeros 250€ y 20€ por el resto de tu aportación.

Deducción por donaciones IS (personas jurídicas)

Si haces una donación como persona jurídica, podrás desgravarte un 40% del importe donado. Si llevas más de dos años donando a be artsy, y con un importe equivalente o superior, podrás desgravarte hasta un 50%. La base de la deducción no podrá exceder del 15% de la base imponible del periodo de imposición.

  • Fuente: Ayuda en Acción